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XVI Congreso Internacional de la Sociedad Internacional de Defensa Social

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Memoria del Congreso

Retos y objetivos de la política criminal internacional en la era de la Declaración del Milenio

La Sociedad Internacional de Defensa Social, creada en 1949 para desarrollar en la elaboración teórica y en la política legislativa una política criminal humanista, celebra un congreso cada cinco años en el que estudia y elabora propuestas político criminales de interés para los Estados en particular y para las Naciones Unidas, ante cuya Comisión de prevención del crimen y tratamiento del delincuente tiene estatuto de entidad consultiva desde su creación. (www.defensesociale.org)

Del 21 al 23 del mes de noviembre de este año 2012, la Sociedad llevará a cabo su XVI Congreso en la Ciudad de México, bajo el patrocinio del Instituto Nacional de Ciencias Penales de la Procuraduría General de la Republica y la Academia Mexicana de Ciencias Penales, con la colaboración de la Corte Suprema de Justicia, el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, la Universidad Nacional Autónoma de Mexico, el Instituto Max-Planck de Friburgo de Brisgovia y el Instituto de Derecho Penal europeo e internacional de la Universidad de Castilla-La Mancha.

El Congreso abordará en primer lugar los procesos de armonización penal internacional y de intensificación de la cooperación policial y judicial, así como de la creación de espacios penales regionales o hemisféricos. En segundo lugar, los principales retos a los que se enfrenta la política criminal contra la criminalidad organizada transnacional. Por último, los aspectos penales y de prevención de la crisis financiera internacional. Todo ello se enmarca en un programa científico orientado a la elaboración crítica sobre los retos que la declaración de la Asamblea General presentan a la política criminal internacional.

La Société, como la propia Comisión Económica y Social de las Naciones Unidas, se ocupó desde sus comienzos –que abordará el juez Pedro R. David- del problema del tratamiento y reinserción de los condenados, estableciendo reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos y ha perseguido siempre una política humanista, de reducción de clases de penas innecesarias y dañosas para los individuos y la sociedad, como son los sustitutivos de las penas de prisión y, actualmente, la justicia restaurativa. Sin embargo en no pocas partes del mundo nos encontramos con graves problemas de sobrepoblación y hacinamiento penitenciario, de privatización del sistema penitenciario y se ha producido un auge social y político del punitivismo, con manifestaciones preocupantes tanto para la eficacia del sistema penal como de la tutela de los derechos humanos. A su vez, conviene atender a las víctimas en el sistema penal y reflexionar sobre los defectos y excesos del nuevo papel que vienen jugando en las legislaciones. El marco de toda esta reflexión se sitúa en la llamada Declaración de Viena sobre la delincuencia y la justicia frente a los retos del siglo XXI, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas por la resolución 55/59, de 4 de diciembre de 2000, en la que hizo suya la Declaración de Viena sobre la delincuencia y la justicia: frente a los retos del siglo XXI, aprobada por el Décimo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, que estableció los fundamentos renovados de la política criminal de las Naciones Unidas y que asientan la proclamación de los valores de la justicia, de la protección de los derechos humanos, de la tutela de las víctimas, de la prevención del crimen, de la reinserción de los penados y de eficiencia de la lucha contra el delito. Estos aspectos serán examinados en la primera conferencia y paneles 1 y 2 del Congreso.

Como consecuencia de los fenómenos de globalización económica e internacionalización del derecho penal resulta del más elevado interés evaluar los procesos de armonización de las ideas, conceptos y teorías penales, así como revisar el diseño de una política de cooperación policial y judicial internacional ambiciosa, que active proyectos existentes, como el tratado modelo de extradición, o impulse nuevos procedimientos inspirados en las experiencias de regionalización recientes en materia penal. El Congreso prestará atención a los más modernos procesos en la materia. Mientras que son mejor conocidos los asuntos de la legitimación y las competencias del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en materia penal, tanto en la adopción de medidas penales concretas e iniciativas procesales ante la Corte Penal Internacional, como las relativas a las operaciones de paz en zonas de conflicto –que se abordaron en el Congreso de la Societé en Toledo en 2007- resultan sustancialmente nuevas las medidas adoptadas contra la financiación del terrorismo y para el aseguramiento de la libertad de los mares contra la piratería, lo que nos acerca a la necesidad de preparar respuestas frente al problema de los llamados Estados fallidos, ya lo sean por tratarse de territorios sin Estado o por Estados y territorios con gobiernos controlados por organizaciones criminales. También resulta oportuno analizar los límites de la cooperación jurídica internacional en la lucha contra los crímenes más graves, tanto los que son competencia de la Corte Penal internacional como aquellos que por su carácter universal se deben perseguir desde cualquier jurisdicción. Los problemas y límites de solución de los conflictos de jurisdicción deben tenerse en cuenta a los efectos de establecer organismos de persecución o el enjuiciamiento de carácter internacional o regional. A estos asuntos se dedican los paneles 3 a 5, que se complementan con la conferencia de U. Sieber sobre la globalización del la cibercriminalidad y el veloz proceso de su incriminación internacional.

Las Naciones Unidas han dirigido un amplio proceso de internacionalización y armonización de instrumentos penales, desde los relativos a la represión del tráfico de drogas y de seres humanos hasta los más modernos tráficos, así como contra la corrupción y el crimen organizado y parece conveniente revisar los elementos y fenómenos más generales de la materia, así como los relativos a la mejora de la lucha contra el crimen organizado en general.

Además del tráfico de drogas, viejos tráficos como la trata de personas presentan recientemente formas agravadas, como las conductas que comienzan como tráfico de personas y terminan como masacres. Aparecen también nuevas conductas y reaparecen otras con más fuerza que antes, como el fraude de identidad, falsificación de documentos de identidad y de títulos y tráfico de bienes culturales así como de residuos contaminantes. Ante lo dificultosos de abordar tan amplio catálogo de fenómenos y para aquilatar la gravedad de cada uno de los mismos, conviene analizar las actuales estimaciones de los beneficios ilícitos del crimen organizado presentadas por las Naciones Unidas. Es precisamente la dimensión financiera de esa criminalidad organizada transnacional la que constituye en no pocos países un constante reto al orden democrático cuya gravedad requiere instrumentos singulares cuya definición e instrumentación debe cuidar las condiciones que reclama todo estado de derecho a la lucha contra el crimen. Pero no cabe tampoco desconocer que esa descomunal fuerza financiera está en condiciones no sólo de afectar la autonomía y estabilidad de gobiernos, sino que a través de su presencia en los mercados financieros y en el tejido empresarial transnacional afecta a toda la comunidad internacional y a su gobernanza económica.

La segunda jornada del Congreso se dedica así en su primera sesión (Panel 6) a la presentación y debate del informe “Estimación de los beneficios ilícitos que resultan del tráfico de drogas y otras formas crimen organizado trasnacional”, publicado por la UNODC en noviembre de 2011. Los paneles sucesivos se destina al estudio de los aspectos jurídicos más delicados de la lucha contra el crimen organizado, tanto en los aspectos de la incriminación, con los problemas relativos a la figura de participación en el crimen organizado, las diferencias en unos sistemas jurídicos y otros entre la conspiración, la preparación y la cooperación en el delito, como los problemas relativos a los derechos humanos que ponen en cuestión algunas jurisdicciones o procedimientos penales o medidas procesales contra el crimen organizado, muy especialmente los mecanismos ilícitos de obtención de pruebas y las detenciones policiales prolongadas en el tiempo (Panel 7). Beneficios ilícitos y fraude fiscal van de la mano, solo las ganancias debidamente blanqueadas están en condiciones de entrar en la economía legal, lo que no es sólo un problema moral, sino político y social. Un sistema fiscal eficaz no es sólo una cuestión de justicia sino también de combate de la criminalidad. La lucha contra el blanqueo de beneficios ilícitos es seguramente el mecanismo más eficaz contra el crimen organizado. Identificado el producto del crimen se han superado las fronteras del comiso tradicional y resultando improcedentes mecanismos que chocan en su formulación con principios procesales básicos, no hay ningún problema de derechos humanos en la confiscación directa, sin necesidad de intervención penal, de la titularidad de ingresos desproporcionados y de origen desconocido para el fisco. La innovación jurídica aquí, como casi todas las innovaciones fruto de la necesidad, ha sido la extinción del dominio cuyo concepto y requisitos de eficacia y los problemas antes citados se examinan en los Paneles 8 y 9. Pero situado el beneficio ilícito del crimen organizado o de la corrupción fuera de las fronteras de cada concreto país se plantea el problema jurídico de la recuperación de activos y su eficacia internacional lo que es difícil de por sí desde un país hacia otro, pero seriamente imposible cuando los caudales se sitúan en los llamados paraísos fiscales. Esos puntos negros de la economía internacional no sólo lesionan gravemente los intereses de las sociedades organizadas, como se vio en la crisis financiera internacional y en la reacción del G 20 y la OCDE, sino que muy probablemente su subsistencia haga de todo ineficaz la lucha contra el crimen organizado más grave, lo que se examinará en el panel 10.

En el tiempo presente, a los documentos fundadores de las Naciones Unidas, a la Declaración Universal de los Derechos Humanos y a los Pactos de su desarrollo se ha sumado la Declaración del Milenio, adoptada en el año 2000 por la Asamblea General y de cuyo texto declarativo y de sus objetivos se pueden y se deben extraer conclusiones para una política criminal contemporánea, que acompañe los grandes designios de las Naciones Unidas y los formulados específicamente como objetivos del milenio. La Sociedad internacional de defensa social ha proclamado su adhesión a la declaración y objetivos del milenio con motivo y ocasión de la acción académica y política internacional por la abolición de la pena de muerte y, cuando menos, la adopción de una moratoria universal en 2015. La Societé abordará en el futuro otros problemas vinculados a ese programa penal que incorpora la Declaración del Milenio y sus Objetivos: lucha contra las mortandades por hambre, por enfermedades curables o por las desigualdades de género, entre los principales, a lo que se añade además un implícito llamamiento a reducir la violencia mortal en el mundo y los crímenes más graves incluidos los que atentan contra el medio ambiente.

Sin duda alguna el fenómeno que más gravemente ha afectado al progreso en la consecución de los objetivos del milenio para 2015 ha sido la crisis financiera internacional y los impresionantes daños sociales en los países avanzados, así como más aún en los países en vías de desarrollo. Resulta evidente la necesidad de un diagnóstico sobre las responsabilidades criminales en el origen de la crisis financiera internacional, y una reflexión sobre las condiciones para una buena gobernanza de la economía de la globalización en el futuro. Es quizá posible enunciar los datos básicos de una criminología del sistema financiero internacional y del carácter ineludible de recuperar la regulación estatal perdida por obra de los más altos caballeros white collar, así como elaborar propuestas que puedan ser de utilidad a los gobiernos de los países y a la gobernanza global para que se excluya la impunidad de unos comportamientos que en sus efectos sociales se asemejan a los de una guerra. A todo ello se dedica la tercera y última jornada, con dos conferencias de planteamiento del problema criminológico y jurídico penal a cargo de William Laufer y Francisco Muñoz Conde y tres paneles, el 11 dedicado a la regulación de los mercados y de la economía, el 12 a la corrupción pública y privada y uno final destinado a sentar las condiciones para que la renovada responsabilidad penal de las personas jurídicas y los sistemas de cumplimiento normativo pueda servir para la prevención de los delitos económicos.

El Congreso se inicia y concluye con dos actos académicos solemnes. El primero con el doctorado honoris causa que el Instituto nacional de ciencias penales de México concede a la profesora Mireille Delmas-Marty, profesora emérita de la Sorbona, del Colegio de Francia y miembro de la Academia de Francia, cuya obra innovadora se proyecta por todo el mundo como un estimulante camino de armonización de un derecho penal que como enseñara el Presidente Marc Ancel, debe luchar eficazmente contra el crimen y respetar los derechos humanos, en cada Estado y –hoy- en la esfera internacional. La clausura se realiza al amparo de la Academia mexicana de ciencias penales, que preside Sergio García Ramírez, con la entrega de la medalla Cesare Beccaria al actual presidente de la Corte de Casación Argentina, Pedro R. David, y anteriormente consejero interregional para Prevención del Crimen y Justicia Penal de de Naciones Unidas, Viena.

Consejo Científico: Sergio García Ramírez, que lo preside; Ulrich Sieber; Mario Pisani; Francisco Muñoz Conde; Lu Yang Ping; Luis Rodríguez Manzanera; Stefano Manacorda; Raul Zaffaroni; Luis Arroyo Zapatero y el Director del INACIPE.

Comité de Organización: Edmondo Bruti Liberati (Secrétaire Général de la SiDS); Citlali Marroquin (Secretaria General del INACIPE); Francesco Vigano (Universidad de Milan); Adan Nieto (UCLM); Juliette Tricot (Collège de France); Johanna Caputi (CNPDS), Manuel Espinoza de los Monteros, investigador en la Universidad de Munich Beatriz García-Moreno y Monica Zapico del Instituto de Derecho penal de la Universidad de Castilla la Mancha.

Comité de Relatores: Francesco Viganò, relator general (Secretario General e. f. de la SiDS); Ignacio Castillo Val (Asistente de Derecho penal, Santiago de Chile y Universidad de Milán); María Sierra Pacheco (Investigadora, Inacipe); Ana Pamela Romero Guerra (Investigadora, Inacipe); Maestra Fabiola Patiño (Facultad de Derecho UNAM); Ana Elisa Liberatore (Prof. Universidad Federal de San Paulo); Verónica Yamamoto (Secretaria Judicial en Buenos Aires y asistente Universidad de Kioto); Dulce Agaton (Asistente Inacipe); Nuno Brandao (Universidad de Coimbra); Beatriz García-Moreno (Universidad de Castilla La Mancha); Mónica Zapico Barbeito (Universidad de Castilla La Mancha); Marcelo Castillo Monterrey (Universidad Centroamericana de Nicaragua).

Relatora para el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal: Ángela Quiroga Quiroga (Directora General del Instituto de Estudios Judiciales del Distrito Federal).

Comisión para seleccionar y proponer a la asamblea general la Medalla Beccaria 2013 y los premios Victoria Kent y Manuel de Lardizábal, con motivo de la celebración del Congreso en México. Que Integran Luis Rodríguez Manzanera, Luis de la Barreda Alicia Beatriz Azzolini y Luigi Foffani.

En la asamblea general se constituirá un Comité de redacción de una Declaración final de la SiDS que con base en las aportaciones de sus miembros, en los trabajos del congreso y de otras reuniones celebradas en los últimos tiempos permita formular ideas de reforma y mejora de la política criminal internacional y de sus plasmaciones nacionales.

Bibliografía

1ª Jornada: La globalización del crimen y la armonización internacional del derecho penal a través de las convenciones y tratados internacionales.

Introducción

  • Declaración de Viena sobre la delincuencia y la justicia: frente a los retos del siglo XXI
  • Déclaration de Vienne sur la criminalité et la justice: relever les défis du XXIe siècle
  • Vienna Declaration on Crime and Justice: Meeting the Challenges of the Twenty-first Century
  • Recopilación de reglas y normas de las Naciones Unidas en la esfera de la prevención del delito y la justicia penal
  • Recueil des règles et normes de l’Organisation des Nations Unies en matière de prévention du crime et de justice pénale
  • Compendium of United Nations standards and norms in crime prevention and criminal justice
  • Congresos de las Naciones Unidas sobre prevención del delito y justicia penal 1955–2010
  • Congrès des Nations Unies pour la prévention du crime et la justice pénale 1955 – 2010
  • United Nations Congresses on Crime Prevention and Criminal Justice 1955–2010
  • Planes de Acción para la Aplicación de la Declaración de Viena sobre la Delincuencia y la Justicia: Frente a los Retos del Siglo XXI
  • CIDH: Informe sobre seguridad ciudadana y derechos humanos

Panel 1 – Prevención del delito, derechos humanos y delincuencia organizada

  • Hans-Joerg ALBRECHT: Prision Overcrowding.Finding Effective Solutions. strategies and best practices against overcrowding in correctional facilities
  • Recomendaciones de la primera reunión de autoridades responsabiles de las políticas penitenciarias y carcelarias de los estados miembros de la OEA

Panel 2 – Apoyando el control del crimen. Programas y mecanismos internacionales

  • Angela Me – The impact of statistics on decision making related to law enforcement and crime prevention (UNODC)
  • Raúl Bemitez MANAUT – Mexico 2010, la seguridad en la encrucijada

2ª Jornada: Crimen organizado

Panel 6 – Dimensión actual del crimen organizado en el mundo y sus beneficios ilícitos

  • UNODC: Estimating illicit financial flows resulting from drug trafficking and other transnational organized crimes, October 2011
  • Fernando BERMEJO MARCOS: “La globalización del crimen organizado”
  • UNODC: Organized Crime and instability in Central Africa
  • Gonzalez Manrique: Un poder paralelo: el crimen organizado en América Latina
  • Dept. Estado USA: La Contención del Crimen Transnacional
  • Rojas Aravena: Crimen organizado en América Latina y Caribe
  • Rojas Aravena: Violencia en América Latina
  • Amado Philip de Andrés: West Africa under attack: drugs, organized crime and terrorism as the new threats to global security
  • Daniel Sansó-Rubert Pascual: Criminalidad Organizada Transnacional en Asia-Pacífico: Repercusiones para la seguridad regional e internacional
  • Friedrich SCHNEIDER – Money laundering and Financial Means of Organized Crime: Some Preliminary Empirical Findings

Panel 7 – Autoría, participación y delincuencia organizada

  • Vicenzo MILITELLO – Criminalidad Organizada Transnacional y Unión Europea: Perfiles y Problemas
  • Claus ROXIN: Problemas de autoría artici ación en la criminalidad organizada
  • Claus ROXIN: El dominio de organización como forma independiente de autoría mediata
  • Luis Fernando Niño – Criminalidad Organizada
  • Sagrario Morán Blanco – La Delincuencia organizada en América Latina: Las Fuerzas Armadas Contra el Crimen Organizado en México

Panel 8 – Mecanismos de intervención sobre las ganancias del crimen organizado. Lavado de dinero y fraude fiscal

  • UNODC: Ley modelo sobre extención de dominio
  • Isidoro Blanco Cordero: Comiso ampliado y presunción de inocencia

Panel 10 – Paraísos fiscales y crimen organizado

  • Andrew F. COOPER: The G20 as an improvised crisis committee and/or a contested ‘steering committee’ for the world
  • Katarzyna Bilicka & Clemens Fuest: “With which countries do tax havens share information?”
  • CISL: “Cuando se tiene el oro y el moro. Las Exenciones Impositivas de que Gozan las Grandes Empresas”
  • Niels JOHANNSEN & Gabriel ZUCMAN: “The End of Bank Secrecy? An Evaluation of the G20 Tax Haven Crackdown”
  • David MAYER – Democratic Economics and Improved Governance: Development Policies for the G20
  • Claudino PITA – Paraisos Fiscales y Competencia Fiscal Nociva

Tráfico y consumo de drogas

  • Genevieve HARRIS: Condenados por los números – Cantidades umbral en políticas de drogas
  • Transnational Institute – Sistemas sobrecargados – Leyes de drogas y cárceles en América Latina
  • EMCDDA – Drug Policy Profiles / Portugal
  • Dave Bewley-Taylor: Hacia una revisión de las convenciones de drogas de la ONU. La logica y los dilemas de los grupos afines
  • INFORME MUNDIAL SOBRE LAS DROGAS – 2012

3ª Jornada: Crisis financiera internacional y derecho penal

Panel 11 – Delitos Economicos y regulación de la economía

  • Tom BLICKMAN – Lucha contra los flujos de capitales no regulados e ilícitos. Blanqueo de capitales, evasión fiscal y regulación financiera
  • Henk van de Bunt – Walls of secrecy and silence. The madoff case and cartels in the construction industry
  • John C. Coffee, JR. – Systemic risk after Dodd-Frank: Contingent capital and the need for regulatory strategies beyond oversight
  • Rafael Fernandez, Antonio Estella: Nuevas ideas para la regulación del sistema finaciero internacional. Propuestas de reforma en el marco del G-20
  • Lourdes Benería, carmen Sarasúa: Crímenes económicos contra la humanidad
  • Zuboff Shoshana: Wall Street’s economic crimes agains humanity

Panel 12 – Corrupción pública y privada

  • Estatuto anticorrupción colombiano
  • Recuperación de activos robados – Guía de buenas prácticas para el decomiso de activos sin condena
  • Adan Nieto – La responsabilidad de las personas juridicas: Esquema de un modelo de responsabilidad penal
  • Sieber Ulrich – «Programas de compliance en derecho penal de la empresa»

Ayuda con la legislación mexicana

  • Zaffaroni: La ideología de la legislación penal mexicana
  • La reforma penal mexicana – Decreto de julio, 2008
  • Ley Federal de extinción de dominio – Art.22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
  • MARTINEZ y MARTINEZ: Ley penal mexicana y víctimas colaterales
  • Reforma Judicial – Revista méxicana de justicia

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